#ComunicadoOficial 𝐄𝐣𝐞𝐫𝐜𝐞 𝐥𝐚 𝐩𝐫𝐨𝐟𝐞𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐦𝐚𝐧𝐞𝐫𝐚 𝐫𝐞𝐬𝐩𝐨𝐧𝐬𝐚𝐛𝐥𝐞
Conforme al Decreto Ley N° 23019, Modificado Ley 30702 de creación del Colegio de Psicólogos del Perú, para ejercer la profesión se requiere estar colegiado y habilitado, para lo cual se debe cumplir con el pago de las aportaciones o cuotas ordinarias que deben ser realizadas constantemente.
Exhortamos a nuestros colegiados a evitar denuncias ante el Tribunal de Honor del CDR III CPSP y también a evitar según sea el caso denuncias penales por ejercicio ilegal de la profesión.
Ejerce la profesión de Psicólogo cumpliendo tus deberes para con Tu Colegio profesional. Confirma si estas habilitado ingresando a la website del Colegio de Psicólogos del Perú – Consejo Directivo Nacional:
O ingresando a nuestra página web:
Atentamente.
Dr. Julio Cesar Abarca Cordero
Decano CDR III CPSP
