RECOMENDACIONES PARA EL EJERCICIO LEGAL DEL PSICÓLOGO PERUANO
En el Perú para ejercer legalmente la Psicología de forma profesional se tiene que estar obligatoriamente Colegiado y Habilitado en el Colegio de Psicólogos del Perú (no importando que trabajen en cualquier ámbito aplicado de la Psicología o en la docencia universitaria u otras actividades, en investigación o elaborando proyectos, asesoría de tesis, recursos humanos, en centros educativos, etc.).
Al paso de 3 meses de no estar al día en los pagos de las cuotas sociales mensuales (o por sanción) un Psicólogo pierde su condición de Habilitado.
Al paso de 6 meses de no estar al día en los pagos de las cuotas sociales mensuales (o por sanción) un Psicólogo pierde su condición de Habilitado y al mismo tiempo es sujeto de suspensión y multa adicional, y hasta otras acciones, según la normativa vigente.
Por eso, hacemos un llamado a todos los Colegiados a estar siempre al día en sus pagos de las cuotas sociales mensuales (de ser posible pagar 1 año adelantado o un tiempo estimado prudente para no olvidar ésto) y cumplir el Código de Ética para no cometer ninguna sanción y poder estar Habilitado para hacer un ejercicio legal de la Profesión, lo cual evitará ser quejado o denunciado por cualquier persona o entidad.
A todos los Colegiados los exhortamos a cumplir lo anteriormente descrito líneas arriba, y muy especialmente a los Psicólogos que laboran como Peritos oficiales o Peritos de parte para no tener inconvenientes en sus trabajos.